Micelio
Auto2 de septiembre de 2021

A- de 2021

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Jorge Ernesto Aragon Barrios·Demandado Agencia Nacional De Tierras

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Villavicencio.

La controversia entre los despachos judiciales involucrados se fundó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó la vulneración de derechos alegada y donde ésta tuvo sus efectos.

A juicio de la Corte, el Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, Sección Segunda es el competente para tramitar el mecanismo de amparo.

Se dispone el envío del expediente a la precitada autoridad, para que de forma inmediata inicie el trámite de la acción de tutela y profiera la decisión de fondo a la que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 19 de julio de 2021 proferido por el Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogota, Seccion Segunda, dentro de la accion de tutela formulada por el senor Jorge Ernesto Aragon Barrios en contra de la Agencia Nacional de Tierras y la Superintendencia Delegada de la Proteccion, Formalizacion y Restitucion de Tierras.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4036 al Juzgado 46 Administrativo Oral del Circuito de Bogota, Seccion Segunda, para que, de forma inmediata inicie el tramite de amparo respectivo y profiera la decision que corresponda en la accion de tutela promovida por el senor Jorge Ernesto Aragon Barrios.
  3. Tercero. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR la presente decision a la parte actora y al Juzgado
  4. Tercero. Laboral del Circuito de Villavicencio.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.